Al unirte a la Comunidad de Fundalib, a través de cualquiera de las modalidades que te presentamos a continuación, contribuirás al sostenimiento de nuestra labor y, así, al fortalecimiento y avance de todas las libertades. Si necesitas más información o resolver alguna cuestión antes de dar el paso, escríbenos a contacto@fundalib.org.
Impulsor de la Libertad
Dirigido a jóvenes (menores de 30 años) que desean contribuir a la construcción de sociedades más abiertas, libres y prósperas.
- Recepción mensual, en el domicilio señalado, de un ejemplar físico del número correspondiente de la Revista AVANCE.
- Recepción, en el domicilio señalado, de al menos tres nuevas publicaciones de la Fundación al año (excluidos los libros).
- 20% de descuento en todos los eventos y actividades de pago, incluyendo la Gala de Premios de la Fundación (1ª Edición en diciembre de 2025).
- Recepción, en el domicilio señalado, de un libro de la Fundación al año.
- Mención, si se desea, en la página web de la Fundación.
- Participación, sin coste, en al menos tres reuniones privadas al año con personalidades del mundo de la economía, política, empresa, derechos humanos, etc.
- Participación, sin coste, en almuerzo anual de mecenas.
35 €/mes
Seleccionar
Protector de la Libertad
Dirigido a profesionales y empresarios establecidos que deseen contribuir significativamente al avance de la misión de la Fundación.
- Recepción mensual, en el domicilio señalado, de un ejemplar físico del número correspondiente de la Revista AVANCE.
- Recepción, en el domicilio señalado, de todas las nuevas publicaciones impresas de la Fundación (excluidos los libros).
- 30% de descuento en todos los eventos y actividades de pago, incluyendo la Gala de Premios de la Fundación (1ª Edición en diciembre de 2025). 20% de descuento para un acompañante.
- Recepción, en el domicilio señalado, de un libro de la Fundación al año.
- Mención, si se desea, en la página web de la Fundación.
- Participación, sin coste, en al menos tres reuniones privadas al año con personalidades del mundo de la economía, política, empresa, derechos humanos, etc.
- Participación, sin coste, en almuerzo anual de mecenas.
90 €/mes
Seleccionar
Mecenas de la Libertad
Dirigido a profesionales, empresarios y líderes comprometidos en sus campos que desean profundizar su participación y compromiso con la Fundación.
- Recepción mensual, en el domicilio señalado, de un ejemplar físico del número correspondiente de la Revista AVANCE.
- Recepción, en el domicilio señalado, de todas las nuevas publicaciones impresas de la Fundación (excluidos los libros).
- Acceso gratuito y prioritario a todos los eventos y actividades de pago, incluyendo la Gala de Premios de la Fundación (1ª Edición en diciembre de 2025). 50% de descuento para un acompañante.
- Recepción, en el domicilio señalado, de tres libros de la Fundación al año.
- Mención, si se desea, en la página web de la Fundación.
- Participación, sin coste, en al menos tres reuniones privadas al año con personalidades del mundo de la economía, política, empresa, derechos humanos, etc.
- Participación, sin coste, en almuerzo anual de mecenas.
180 €/mes
SeleccionarCALCULADORA DE DEDUCCIONES | |
|---|---|
Sistema de deducción de donativos en el IRPF e Impuesto sobre Sociedades. Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo:
Artículo 19. Deducción en el IRPF
Escala de deducción:
- Primeros 250 euros donados: 80% de deducción.
- Resto de la cantidad donada: 40% de deducción.
- Si se han realizado donativos en los dos ejercicios anteriores a la misma entidad, con importes iguales o superiores a los del ejercicio anterior, el porcentaje para el exceso de 250 euros será del 45%.
Límite de la deducción:
- La base de la deducción debe cumplir con el límite previsto en el artículo 69.1 de la Ley 35/2006, que regula los topes en el IRPF.
Artículo 20. Deducción en el Impuesto sobre Sociedades
Porcentaje de deducción:
- En general, los donativos tienen una deducción del 40% sobre la base correspondiente.
- Si en los dos ejercicios anteriores se han realizado donativos a la misma entidad, con importes iguales o superiores a los del ejercicio anterior, la deducción será del 50% para esa entidad.
Límite de la deducción:
- La base de deducción no puede exceder del 15% de la base imponible del ejercicio.
- Si hay un exceso, puede aplicarse durante los 10 años siguientes.



